¿POR QUÉ UN PROTOCOLO DE ACOSO?

El protocolo de acoso laboral es un plan contra el acoso laboral que contempla aquellas medidas que son necesarias para prevenir, evitar o eliminar cualquier tipo de acoso laboral en la empresa, sea este acoso por razón de sexo, sexual o moral. Su objetivo es, por tanto, erradicar comportamientos nocivos que perjudican tanto a los trabajadores/as que los sufren como a la propia empresa, que es responsable del bienestar físico y psicológico de sus empleados.

Dicha obligatoriedad viene regulada por la Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres publicada el 23 de marzo de 2017, establece en su artículo 48:

“las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo”

¿POR QUÉ UN REGISTRO RETRIBUTIVO?

El registro salarial es una medida que obliga a las empresas a realizar un registro de los salarios de sus empleados diferenciados por género, para lo que se tiene en cuenta los valores medios de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales.

Dicha obligatoriedad viene regulada por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores ‐Apartado 2 del artículo 28:

«el empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor».

CONTENIDO DEL SERVICIO:

a) Realización de un análisis del estado del CLIENTE. Toma de datos
b) Creación de la Comisión de Investigación para el PROTOCOLO DE ACOSO

c) Elaboración de los documentos legales y el informe que conforman el PROTOCOLO DE ACOSO y el REGISTRO RETRIBUTIVO

d) Registro en REGCON

e) Reunión con el cliente para explicación de los trabajos realizados y entrega de documentos e informes

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